JurisprudenciaARG
Primera Instancia

COLELLO GUSTAVO DANIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita la declaratoria de herederos de Gustavo Daniel Colello, fallecido el 22/05/2026 en Mar del Plata, sin que se hayan presentado controversias. El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Mar del Plata declaró herederos universales a sus hijos Agustin Colello y Julian Colello, y a su cónyuge supérstite Andrea Marisa Montiel, en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
130499
Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Conyuge superstite Herederos forzosos Bienes propios y gananciales Codigo civil y comercial Sin contienda Tasa de justicia Inscripcion registral Agente fiscal.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (procedimiento de declaratoria de herederos iniciado con motivo del fallecimiento de Gustavo Daniel Colello, sin contienda entre partes).

¿A quién se demanda?

No corresponde, al tratarse de un proceso sucesorio ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos del causante Gustavo Daniel Colello (DNI N° 14.676.407).

¿Qué se resolvió?

"Declarar que por el fallecimiento de GUSTAVO DANIEL COLELLO (DNI N° 14.676.407) le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Agustin Colello, Julian Colello; y su cónyuge supérstite, Andrea Marisa Montiel, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." Asimismo, se dispuso cesar la intervención del Sr. Agente Fiscal (art. 728 inc. 1 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado de defunción de fs. ... se acredita el fallecimiento de COLELLO GUSTAVO DANIEL, (D.N.I N° 14.676.407) ocurrido el 22/05/2026 en la ciudad de Mar del Plata."

"Con el certificado de fecha 28/05/2026, se acredita que el causante contrajo matrimonio con Andrea Marisa Montiel el día 23/08/1985 en la ciudad de Mar del Plata."

"Que de dicha unión nacieron Agustin Colello, el día 2/07/1989, Julian Colello, el día 11/03/1993, según se puede constatar de las copias de los certificados de nacimiento obrantes..."

"Que del informe actuarial expedido el día 22/09/2026 se acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos a los fines del dictado de la declaratoria de herederos solicitada."

Normas invocadas: arts. 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación; arts. 735 y 737 del CPCC.

Se enumeran, además, los recaudos previos a la inscripción de la declaratoria (notificación a herederos, declaración jurada patrimonial, título e informes de dominio, tasa de justicia, regulación de honorarios, formulario 08 para automotores e impuesto a la transmisión gratuita de bienes).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.