JurisprudenciaARG
Primera Instancia

EDESUR S.A. C/ BARRIENTOS DYLAN NAHUEL S/ COBRO EJECUTIVO

La actora EDESUR S.A. promovió demanda ejecutiva por cobro de facturas de energía eléctrica contra Dylan Nahuel Barrientos. Ante la falta de oposición de excepciones legítimas en término, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por capital de $939.595,91 con más intereses y costas a cargo del ejecutado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
104048
Cobro ejecutivo Falta de excepciones Preclusion Llevar adelante ejecucion Energia electrica Edesur Intereses Tasa pasiva banco nacion Costas Ley 24.240

¿Quién es el actor?

EDESUR S.A.

¿A quién se demanda?

Barrientos Dylan Nahuel

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 91/100 ($ 939.595,91), con intereses por todo concepto que no podrán exceder el 50% de la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco Nación Argentina, desde la mora al vencimiento de cada factura y hasta el efectivo pago.

Resuelto: no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal vencido (informe de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de fecha 02/03/2026), se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del CPCC). Se manda llevar adelante la ejecución, se imponen las costas a la demandada vencida (arts. 68 y 556 del CPCC) y se difiere la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación (arts. 34 y 51 ley 14967).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido (...), se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116, 155 y concs. del CPCC)." "POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 549 y concs. del Cód. Procesal, FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución..." La decisión se fundamenta en la preclusión por falta de oposición en plazo, aplicando los arts. 540 y 549 del CPCC.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.