JurisprudenciaARG
Primera Instancia

EDESUR S.A. C/ ARRIOLA CRISTIAN ALEJANDRO S/ COBRO EJECUTIVO

La actora EDESUR S.A. promovió ejecución por cobro de facturas de servicio eléctrico contra Cristian Alejandro Arriola. El Tribunal, ante la falta de excepciones legítimas del ejecutado dentro del plazo legal, mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $1.030.980,47 con más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
104034
Ejecucion Cobro ejecutivo Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses Tasa pasiva banco nacion Servicio electrico Ley 24.240 Costas Trance y remate

¿Quién es el actor?

EDESUR S.A.

¿A quién se demanda?

ARRIOLA CRISTIAN ALEJANDRO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de capital de $1.030.980,47 por facturas de servicio eléctrico, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal, por no haber el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, dio por perdido el derecho no ejercido y mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con intereses que no podrán exceder el 50% de la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco Nación Argentina, desde la mora al vencimiento de cada factura y hasta el efectivo pago. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido (véase informe de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de fecha (07/10/2026 - INFORME POR MANDAMIENTO / MANDAMIENTO INFORMADO (230800329042086004))), se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116, 155 y concs. del CPCC)."

"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 549 y concs. del Cód. Procesal, FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado, EDESUR S.A., haga al acreedor EDESUR S.A. íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON TREINTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 47/100 ($1.030.980,47.-) con más los intereses (por todo concepto) que no podrán exceder el del 50 % de la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco Nación Argentina, desde la mora operada al vencimiento de cada factura y hasta el efectivo pago (art.165 CPCC y 31 Ley 24.240)."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.