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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ GUZMAN FERNANDA MARGARITA Y OTRO/A S/ APREMIO

La Municipalidad de Moreno promovió juicio de apremio contra Fernanda Margarita Guzmán para cobrar deudas por tasa de patentes de vehículos. El Tribunal, ante la falta de excepciones del demandado, mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $122.448,60, más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1- MORENO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MG-21098-2022
Juicio de apremio Tasa por patentes de vehiculos Ejecucion fiscal municipal Excepciones Decaimiento del derecho Intimacion de pago Llevar adelante la ejecucion Costas Ley 13406 Domicilio procesal.

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Moreno.

¿A quién se demanda?

Fernanda Margarita Guzmán y otro/a (la carátula indica "Y OTRO/A", sin identificación en el texto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de tasa por patentes de vehículos, mediante juicio de apremio, por la suma de $122.448,60 con más intereses según ordenanzas municipales vigentes.

Resolución: el Tribunal tuvo por decaído el derecho de la parte demandada a oponer excepciones, al no haberlas planteado dentro del término legal, y mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado. Impuso las costas al demandado vencido, difiriendo la regulación de honorarios, y tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"II) Que la parte demandada no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que le fuera otorgado al efecto, según informa la Actuaria en este acto, en consecuencia, désele por decaído el derecho que ha dejado de ejercer (arts. art.7 ley 13406, 116, 155 y ccs del CPCC - véase mandamiento acompañado al escrito MANDAMIENTO DILIGENCIADO - ACOMPAÑA (241402254006697115) -"

"Déjese constancia que la intimación de pago se efectúo en el domicilio denunciado de la ejecutada, sito en la calle Avellaneda 916 entre Pio XII y Salvador M del Carril."

"III) Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del CPCC.), difiriéndose la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 Ley 14967)."

"1) Mandando a llevar adelante la ejecución por vía de apremio hasta tanto el demandado FERNANDA MARGARITA GUZMAN haga íntegro pago a la parte actora MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de Pesos CIENTO VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 60/100 ($122.448,60) con más los intereses que correspondan conforme a lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (arts. 9 y 10 Ley N° 13.406)."

Leyes que cita

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