JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ASOCIACION MUTUAL DE VENADO TUERTO C/ CACCIURRI MIGUEL ANGEL S/ ACCION REIVINDICATORIA

La Asociación Mutual Venado Tuerto promovió demanda reivindicatoria contra Miguel Ángel Cacciurri, ocupante del inmueble rural Matrícula 15904 del partido de General Villegas, adquirido en subasta judicial. El Tribunal hizo lugar a la reivindicación, declarando inoponible el contrato de aparcería rural celebrado con posterioridad a una hipoteca inscripta que prohibía conferir tenencia sobre el inmueble, y condenó al demandado a restituirlo libre de pertenencias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
96986
Reivindicacion Inmueble rural Subasta judicial Hipoteca inscripta Contrato de aparceria Inoponibilidad Tenencia Legitimacion pasiva Costas Ejecucion hipotecaria

¿Quién es el actor?

Asociación Mutual Venado Tuerto, adquirente del inmueble rural Matrícula 15904 (partido de General Villegas) en subasta judicial aprobada el 29/7/2015 en autos "Asociación Mutual Venado Tuerto c/ Baggini, Josefa Virginia s/ Ejecución Hipotecaria", con toma de posesión mediante mandamiento del 7/8/2015.

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel Cacciurri y quienes resulten ocupantes del inmueble, quien invocó un contrato de aparcería rural celebrado el 29/9/2014 con Josefa Virginia Baggini (fallida), con plazo de 10 años desde el 1/4/2015.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución del inmueble, cese en el ataque al derecho de dominio y desocupación de pertenencias (acción reivindicatoria).

¿Qué se resolvió?

se estimó la pretensión reivindicatoria, condenando al demandado a entregar el inmueble libre de pertenencias, bienes muebles y semovientes en el plazo de diez días, con costas a la parte demandada vencida y diferimiento de la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La falta de inscripción registral no obsta a esta conclusión: es una cuestión de oponibilidad frente a terceros registrales, ajena al perfeccionamiento del dominio, que sólo requiere título y modo suficiente."

"Encontrándose dicha hipoteca inscripta, el contrato posterior no puede oponerse al acreedor hipotecario ni a quien lo sucede como adquirente en subasta judicial (arts. 1498 y 3157 CC)." La hipoteca, constituida el 22/9/2011, contenía cláusula expresa que prohibía a la deudora celebrar contratos que confirieran título de posesión o tenencia sobre el inmueble gravado.

Si bien el contrato de aparcería ya no estaba vigente por vencimiento del plazo, el Tribunal se expidió sobre la defensa a los efectos de resolver las costas, por resultar la resistencia contraria a derecho (art. 68 CPCC).

"Al no confirmarse ningún hecho extintivo del derecho a recuperar la posesión o tenencia de la cosa, la pretensión reivindicatoria debe estimarse (arts. 2248 y 2252 CCyC; arts. 163.6 y 375 CPCC)."

Se reconoció legitimación pasiva al demandado en tanto detenta el inmueble a título de tenedor (art. 2255 CCyC), y se dio intervención a la sindicatura de la quiebra de la deudora, que no cuestionó la legitimación de las partes (art. 110 ley 24.522).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.