BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SALLAGO FLORENCIA YAMILA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro de un préstamo personal en UVA (línea TU AUTO) contra Florencia Yamila Sallago, por mora desde el 30/11/2019. El Tribunal hizo lugar a la demanda ante la rebeldía de la demandada, condenándola a pagar 2.770,92 UVA (equivalentes a $5.952.240,96 al valor de la fecha de la sentencia), con más intereses compensatorios y punitorios capitalizables semestralmente, y con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Florencia Yamila Sallago, declarada rebelde.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de 2.770,92 UVA correspondientes a un contrato de préstamo BIP nro. 335-78988657 de la línea Cartera de Consumo TU AUTO - UVA, celebrado el 7/3/2018 por $92.100 (4.139,32 UVA), a devolver en 48 cuotas mensuales, con mora desde el 30/11/2019. Intereses compensatorios del 14% TNAV (14,94% TEAV) y punitorios equivalentes a la tasa compensatoria incrementada en un 50%, con capitalización semestral.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a abonar $5.952.240,96 (UVA a $2.148,11 al momento de la sentencia), con más intereses y capitalización según considerando 5°, admitiéndose la actualización UVA a la fecha del pago. Las costas se impusieron a la demandada vencida y los honorarios se difirieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Una parte es rebelde cuando no comparece a estar a derecho habiendo sido notificada y emplazada personalmente... la rebeldía constituye presunción de verdad de los hechos pertinentes y lícitos invocados por la actora en el inicio, teniéndose a los documentos por recibidos o reconocidos según el caso."
Respecto de la contratación electrónica: "se trata de un documento electrónico con firma electrónica generado por el sistema informático del préstamo solicitado a través de canales electrónicos que deben ser aceptados en pantalla por el usuario para poder acceder a los créditos." Frente al silencio de la demandada, el plexo documental acompañado por el banco no fue impugnado (arts. 288, 1105, 1106 y 1378 CCyC; arts. 1, 3, 5, 6 y 11 ley 25.506).
Sobre el crédito UVA: "es un préstamo en pesos a tasa fija que utiliza la Unidad de Valor Adquisitivo como referencia... se ajusta de acuerdo a la inflación (ley 27.271 y su reglamentación, art. 772 CCyC)."
Sobre los intereses: "la totalidad de los intereses pactados, capitalización incluida, no deben superar en su conjunto la tasa pura del 6% incrementada en un 50% frente a la mora del deudor" (arts. 767, 768, 769 y 1398 CCyC; c. 139067 Cám. Segunda Civ. y Com. Sala 1, LP, 6/3/2025).
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Leyes que cita
- Ley 27.271Casa de ahorro
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 25.506Firma digital
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