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Primera Instancia

MURILLO LEONEL JAVIER C/MURILLO NOGALES MIRIAM S/ NULIDAD DE ESCRITURA

El actor promovió demanda de nulidad de escritura en el marco de la causa Murillo Leonel Javier c/ Murillo Nogales Miriam s/ Nulidad de escritura. El documento analizado es una certificación del auxiliar letrado que informa el estado del período probatorio y de la caducidad dictada en una causa conexa, sin contener una decisión del tribunal sobre el fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
67864
Nulidad de escritura Certificacion Periodo probatorio Caducidad de instancia Confesional ficta Prueba testimonial Prueba pericial Prueba informativa Terceros citados Escribanos

El documento analizado no es una sentencia ni contiene fundamentos jurisdiccionales. Se trata de una certificación expedida por el Auxiliar Letrado Ariel Gustavo Gomar, de fecha junio de 2025, que da cuenta de la producción de pruebas en los autos y de otras actuaciones vinculadas.

Partes y datos identificados:

Actora en la causa principal: Murillo Leonel Javier.

¿A quién se demanda?

Murillo Nogales Miriam.

Causa conexa certificada: "Galarza Celia c/ Murillo Nogales Miriam s/ Beneficio de litigar sin gastos" (Expte. N° 68744), en la que se dictó caducidad de instancia el 7/6/2013, archivada bajo legajo 3806.

Terceros citados: Escribanos Francisco José Rocca y Carlos Martín Valiente.

Estado probatorio certificado:

¿Quién es el actor?

documental presentada; confesional desistida (10/12/2015); testimoniales de Hortencia Cardozo y María Victoria Sairitupa producidas (10/12/2015), y de Martín Urbina Maceda desistida (11/12/2015); pericial de ingeniería decretada negligente (29/6/2020); informativas de las escribanías Carlos Valente Aramburu y Francisco José Rocca, del Hospital Universitario (UAI) y de los Juzgados Civil y Comercial N° 10 y Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, con diligenciamiento acreditado.

Parte demandada: documental presentada; confesional ficta (se la tuvo presente para sentencia, art. 415 CPCC, 7/4/2025); testimonial de Mabel Inés Borrego producida (11/12/2015); testimoniales de Ruth Miriam Lazcano Iperre y Rodolfo Boyne, e informativas al Registro Nacional de las Personas, Juzgado Federal y Banco Río, decretadas negligentes (28/12/2016).

Tercero Escribano Francisco José Rocca: informativas al Colegio de Escribanos y al Registro de la Propiedad Inmueble, producidas.

Tercero Escribano Carlos Martín Valiente: confesional desistida (10/12/2015); informativa al Archivo de Protocolos Notariales decretada negligente (31/7/2018).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

No corresponde transcribir fundamentos, dado que el documento no contiene decisión jurisdiccional alguna.

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El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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