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Primera Instancia

CAVIGLIA HUGO ANTONIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó la declaratoria de herederos de Hugo Antonio Caviglia, fallecido el 6 de septiembre de 2025. El Tribunal declaró herederos universales a sus hijos Paula Inés, Facundo y Mariela Caviglia Fortunato y a su cónyuge Nélida María Fortunato, sin perjuicio de los derechos gananciales de la cónyuge.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-2588-2026
Declaratoria de herederos Sucesion ab intestato Herederos universales Conyuge superstite Gananciales Bienes propios Edictos Codigo civil y comercial Proceso sucesorio Publicacion de edictos

¿Quién es el actor?

Sucesión ab intestato de Hugo Antonio Caviglia, promovida en el trámite de declaratoria de herederos.

¿A quién se demanda?

No corresponde, se trata de un proceso sucesorio sin parte demandada.

Qué se reclama (Objeto): Declaratoria de herederos del causante Hugo Antonio Caviglia.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la declaratoria de herederos y se declara como universales herederos a Paula Inés Caviglia Fortunato, Facundo Caviglia Fortunato, Mariela Caviglia Fortunato y Nélida María Fortunato, esta última en su carácter de cónyuge supérstite, sin perjuicio de los derechos que le corresponden respecto a los gananciales y de los bienes propios si los hubiere.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I: que con el certificado de defunción digitalizado a fs. 1 se acredita el fallecimiento de HUGO ANTONIO CAVIGLIA ocurrido el día 6 de septiembre de 2025 quien era de estado civil casado con NELIDA MARIA FORTUNATO (fs. 1) con quien había contraído matrimonio el día 18 de abril de 1969."

"II: que de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: PAULA INES (fs. 1) el 12 de febrero de 1972, FACUNDO (fs. 1) el 21 de marzo de 1974 y MARIELA (fs.3) el 27 de noviembre de 1977."

"III: que con el diario agregado a fs. 19 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo."

"Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de HUGO ANTONIO CAVIGLIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: PAULA INES, FACUNDO y MARIELA CAVIGLIA Y FORTUNATO y su cónyuge NELIDA MARIA FORTUNATO..."

Leyes que cita

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