JurisprudenciaARG
Primera Instancia

RIVERO DOMINGA C/ FERNANDEZ RODOLFO OMAR SUS SUCESORES Y OTROS S/RESOLUCION CONTRATO COMPRA/VENTA INMUEBLES

La actora promovió demanda por resolución de contrato de compraventa de inmuebles y restitución de sumas abonadas en concepto de reserva y refuerzos. El Tribunal rechazó la demanda, consideró resuelto el contrato por incumplimiento de la actora y, por aplicación parcial de la cláusula penal, ordenó a la demandada reintegrar U$S60.164.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
33852
Resolucion contractual Incumplimiento Inhibicion general de bienes Clausula penal Moderacion judicial Reserva de compra Refuerzo de reserva Pacto comisorio Reconvencion por danos y perjuicios Compraventa inmobiliaria

¿Quién es el actor?

Dominga Rivero.

¿A quién se demanda?

Marcos Omar Fernandez; sucesores de Rodolfo Omar Fernandez (Marcos Omar Fernandez y Alicia Rosa Dionisia Espósito de Fernandez); Alba Celia Gabriele. El codemandado Rafael Carlos Gabriele fue desistido por la actora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

resolución del contrato denominado "Refuerzo de Reserva" (fs. 15/17) y restitución de U$S124.520 abonados en concepto de reserva y refuerzos, por la compra de tres lotes en Berazategui (Cir. IV, Sec. N, Manz. 6-e, Parcelas 10, 11 y 12).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal rechazó la demanda; declaró resuelto el contrato de refuerzo de reserva y dispuso que las sumas abonadas por la actora quedaran perdidas a favor de la demandada en U$S64.356 (30% del valor total concertado), debiendo la demandada reintegrar U$S60.164 en diez días de firme la sentencia. Rechazó la reconvención por daños y perjuicios. Impuso las costas a la actora y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Escogida por la demandada la opción establecida en la cláusula séptima a) del convenio -resolución-, la actora desconoció el incumplimiento que se le endilga y, por añadidura, el derecho de aquélla a resolver el contrato."

"Así, de sus propios dichos debo colegir que fue la actora quien incumplió, sin justificación alguna, su obligación de levantar la inhibición en tiempo oportuno y/o hacer entrega del rodado Dominio GLP-054 con mas el pago de las cuotas correspondientes, conforme fuera pactado."

"Por ello y en virtud de los argumentos precedentemente reseñados, habiendo optado la demandada por la alternativa de la resolución contractual que le asigna la cláusula SEPTIMA y, toda vez que la posibilidad de resolver el contrato que consagra el art.1204 del C.C. constituye una facultad que, en los contratos con prestaciones recíprocas, se confiere a la parte cumplidora frente al incumplimiento de la contraria, habré de rechazar a la demanda interpuesta, quedando las sumas abonadas por la actora en poder de la demandada."

"...razones de prudencia hacen que la cláusula penal estipulada deba ser necesariamente redimensionada. De esta forma, dada su naturaleza de inmutabilidad relativa, considero que la sanción económica acordada por las partes al tiempo de la suscripción de la reserva n°285 debe mantenerse, aunque sólo hasta cubrir -en su cuantía- el 30% del valor total concertado..."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.