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Primera Instancia

PEREZ ARGENTIRO GUSTAVO FABIAN Y OTRO/A C/ MIÑO RAMON ALBERTO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Se trata de una acción por daños y perjuicios derivada de un accidente de tránsito con lesiones y muerte, en el marco de la cual la aseguradora interpuso recurso de apelación contra la sentencia. El Tribunal concedió libremente el recurso y, en la misma resolución, dejó constancia de que la demanda fue rechazada respecto de ERW S.A., omitida en la parte resolutiva por error material.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - AZUL
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
62736
Danos y perjuicios Accidente de transito Muerte Lesiones Aclaratoria Rechazo de demanda Erw s.a. Recurso de apelacion Concesion libre Aseguradora

¿Quién es el actor?

PEREZ, Argentiro Gustavo Fabián y otro/a.

¿A quién se demanda?

MIÑO, Ramón Alberto; ERW S.A.; Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones y muerte.

¿Qué se resolvió?

en la resolución analizada, el Tribunal aclara en virtud del art. 36 inc. 3 del CPCC que, conforme al considerando III "Hechos" de la sentencia del 28/09/2026, se eximió a ERW S.A. de toda adjudicación de vínculo con los sujetos de autos, por lo que la demanda fue rechazada respecto de dicha codemandada. Dicho rechazo, omitido involuntariamente en la parte resolutiva de estos autos y de los expedientes 61692, 62514, 62438 y 62600, queda subsanado en el presente. Asimismo, concede libremente el recurso de apelación interpuesto por la aseguradora Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda. contra la sentencia del 28/09/2026, elevándose los autos a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental (arts. 242 y 243 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal fundamenta la aclaración en el art. 36 inc. 3 del CPCC, señalando que "se eximió a ERW S.A. de 'toda adjudicación de vínculo con alguno de los sujetos de autos que genere algún grado de compromiso'" y que la omisión fue involuntaria. Respecto del recurso, invoca los arts. 242 y 243 CPCC para su concesión libre.

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