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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 3 - Incidente Nº 14 - IMPUTADO: SANGUINETTI, ESTEBAN Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte Suprema admitió la queja de las querellantes en la causa por el caso Sanguinetti, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de Casación, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La mayoría se remitió a los fundamentos de un precedente dictado el mismo día, mientras el Vicepresidente Rosenkrantz votó en disidencia por desestimar la presentación directa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FTU 400662/2007/TO01/14/3/RH025
Recurso de queja Recurso extraordinario federal Querella Sanguinetti Sentencia de casacion Incidente Remision a precedente Procedencia Disidencia Corte suprema

¿Quién es el actor?

Marcela Antonia Brizuela de Ledo y Graciela Ledo, querellantes, por medio de sus apoderadas.

¿A quién se demanda?

Esteban Sanguinetti y otro (imputados en la causa penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja por denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, en el marco del proceso penal seguido contra Sanguinetti y otro (expediente FTU 400662/2007/TO1/14/3/RH25).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiéndose la causa para que se dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto. El conjuez Rabbi-Baldi Cabanillas votó en el mismo sentido. El Vicepresidente Rosenkrantz votó en disidencia por desestimar la presentación directa e intimar al depósito previsto en el art. 286 del CPPN, bajo apercibimiento de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada en la presente resulta sustancialmente análoga a la resuelta en la fecha en el expediente FTU 400662/2007/TO1/14/2/RH24 'Sanguinetti, Esteban y otro s/ incidente de recurso extraordinario', a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad." La decisión se fundó íntegramente por remisión al precedente RH24, cuyo contenido no surge del documento analizado. La disidencia del Vicepresidente Rosenkrantz, con el mismo fundamento por remisión (aplicable mutatis mutandis lo resuelto en RH24, donde también votó en disidencia), propuso desestimar la presentación directa; esta posición corresponde a la minoría y no a la decisión del tribunal.

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