CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL, AGRICOLA Y GANADERA c/ SALTA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Una empresa cervecera con planta industrial fuera de Salta demandó a la Provincia por una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el régimen de alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos según el lugar de radicación de la planta. La Corte hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el requisito de planta radicada en Salta y dejó sin efecto la pretensión fiscal, por discriminar en función del lugar de radicación y crear una aduana interior.
¿Quién es el actor?
Cervecería y Maltería Quilmes Sociedad Anónima Industrial, Comercial, Agrícola y Ganadera.
¿A quién se demanda?
Provincia de Salta.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción declarativa de inconstitucionalidad de los arts. 174 inc. w y 174 bis del Código Fiscal provincial y del art. 12 de la ley 6611, que establecen alícuotas diferenciales del impuesto sobre los ingresos brutos según la radicación de la planta industrial del contribuyente (la actora tributaba al 3,6 % por no tener planta en Salta, mientras que los contribuyentes con planta salteña estaban exentos).
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del requisito de planta industrial radicada en Salta y de la pretensión fiscal contenida en las intimaciones del 14/3/2018 y 10/5/2018 y en la Resolución 500-18 del 2/10/2018, exclusivamente en lo que es materia del proceso; costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la aplicación de la normativa provincial que se cuestiona, al denegar la exención requerida por la actora y, en consecuencia, gravar las ya referidas actividades con alícuotas más gravosas en el impuesto a las actividades económicas, obstaculizaba el desenvolvimiento del comercio entre las provincias."
"...en el presente proceso queda en evidencia la discriminación generada por la legislación provincial en función del lugar de radicación del establecimiento productivo del contribuyente, en tanto se lesionaba el principio de igualdad (Constitución Nacional, artículo 16), y se alteraba la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, artículos 75, inciso 13, y 126), instaurando así una suerte de 'aduana interior' vedada por la Constitución Nacional (artículos 9° a 12), para perjudicar a los productos foráneos en beneficio de los manufacturados en su territorio, extremo que conduce a la declaración de invalidez de la pretensión fiscal de la demandada (Fallos: 340:1480)."
Sobre la procedencia: "...no se trata de dar solución a una hipótesis abstracta sino que se propone precaver los efectos de la aplicación de los artículos 174, inc. w, y 174 bis..., a la par de fijar relaciones legales que vinculan a las partes en el conflicto."
La cuestión fue remitida, por brevedad, a los fundamentos de Fallos: 340:1480 y de la causa CSJ 114/2014 "Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 9, 10, 11, 16, 75 inc. 13, 126
- Ley 6611 (Salta)art. 12
- CODIGO FISCAL PROVINCIAL (SALTA) (Salta)arts. 174 inc. w, 174 bis
- CPCCNarts. 322, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Harriet y Donnelly S.A. c/ Chaco, Provincia del s/ acción declarativa de certezaCSJN · 31/10/2017
- Bayer S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certezaCSJN
- Fallos 340:1480CSJN
- Fallos 311:421CSJN
- Fallos 328:4198CSJN
- Fallos 318:30CSJN
- Fallos 323:1206CSJN
- Fallos 327:1034CSJN
- Fallos 310:606CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.