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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GUIMIL, DARIO ALEJANDRO c/ ENOD S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La Corte Suprema declaró admisible la queja interpuesta por la demandada Enod S.A. y parcialmente procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en lo pertinente a la aplicación del acta 2764/2022, por remisión a la causa Oliva. Los demás agravios fueron declarados inadmisibles por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 053887/2021/1/RH001
Recurso de queja Recurso extraordinario Acta 2764/2022 Despido Camara nacional de apelaciones del trabajo Causa oliva Art. 280 cpccn Admisibilidad Remision de autos Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Darío Alejandro Guimil.

¿A quién se demanda?

Enod S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido (reclamo indemnizatorio laboral).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible la queja y parcialmente procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado y devolvió los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

344:3156): "...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..."

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022 (Caba)
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156

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