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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - PAZ, ANALIA ALCIRA c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema admitió la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la Superintendencia de Seguros de la Nación, administradora del Fondo de Reserva de la LRT, en el reclamo por accidente de trabajo contra ART Interacción S.A. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo por aplicación de la doctrina del precedente Fontaine (Fallos: 347:472) y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 006808/2016/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Fondo de reserva lrt Superintendencia de seguros de la nacion Acta 2764/2022 Doctrina fontaine Costas por su orden Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Analía Alcira Paz.

¿A quién se demanda?

ART Interacción S.A. y, como parte recurrente, Prevención ART S.A. en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación, administradora legal del Fondo de Reserva de la LRT.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente de trabajo (ley especial, Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas por su orden. Se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte señaló que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa "Fontaine" (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones remitió en razón de brevedad. La costas se impusieron por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión planteada.

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