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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - AGUIRRE, GABRIEL ORLANDO c/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Las aseguradoras de riesgos del trabajo recurrieron sentencias de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que aplicaron el acta 2783/2024 en reclamos por accidentes laborales. La Corte Suprema declaró admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Lacuadra.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 073793/2016/1/RH001
Accidente de trabajo Ley especial Accion civil Aseguradora de riesgos del trabajo Acta 2783/2024 Camara nacional de apelaciones del trabajo Recurso extraordinario Queja Precedente lacuadra Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Gabriel Orlando Aguirre; Julieta Andrea Moya; Genaro Daniel Quintana; Marciano Ramos; Eduardo Roberto Villabona.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.; Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.; Carimel S.A. y otros; La Segunda ART S.A. y otros; Coto C.I.C. S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos por accidente de trabajo (acción por ley especial y acción civil) contra las aseguradoras de riesgos del trabajo y los empleadores.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por las demandadas, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó que los tribunales de origen dicten nuevos pronunciamientos conforme al presente. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento de esta Corte en la causa "Lacuadra" (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones la Corte remite en razón de brevedad. La decisión se fundamenta, por tanto, en la remisión al precedente citado, sin desarrollo argumental propio en el fallo.

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