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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - MOLINA, NELIDA BEATRIZ c/ MICROOMNIBUS ESTE S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema hizo lugar a la queja deducida por la aseguradora citada en garantía y declaró procedente el recurso extraordinario en un juicio por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que la Cámara dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado, por remisión a los precedentes García y Barrientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 004316/2017/2/RH001
Recurso extraordinario Recurso de queja Citada en garantia Accidente de transito Danos y perjuicios Seguro de responsabilidad civil Remision a precedentes Corte suprema Dejar sin efecto sentencia Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Nélida Beatriz Molina.

¿A quién se demanda?

Microómnibus Este S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada en el alcance indicado, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'García, Javier Omar' (Fallos: 346:143) y 'Barrientos, Gabriela Alexandra y otros' (Fallos: 347:1446), cuyas consideraciones –en lo pertinente- se dan por reproducidas." "Por ello, resultando inoficioso que dictamine la Procuración General de la Nación, se hace lugar a la queja y se declara procedente el recurso extraordinario."

Normas que cita

  • Decreto 1

Fallos que cita

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