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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - SUAREZ, ARIEL GASTON c/ QBE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema admitió la queja y hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de la aseguradora QBE Argentina ART S.A., dejando sin efecto la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el alcance indicado. La remisión a la causa Oliva (Fallos: 347:100) resolvió los agravios vinculados con el acta 2764/2022, mientras que el resto del recurso fue declarado inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 075714/2015/1/RH001
Accidente de trabajo Ley 24.557 Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Recurso de queja Acta 2764/2022 Camara nacional del trabajo Causa oliva Articulo 280 cpccn Desestimacion sin confirmacion del fallo.

¿Quién es el actor?

Ariel Gastón Suárez.

¿A quién se demanda?

QBE Argentina ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente de trabajo en el marco de la ley especial 24.557 (accidente ley especial).

¿Qué se resolvió?

se declara admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Las costas se imponen por su orden. Los autos vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo aquí resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en razón de brevedad."

"Que, respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa 'Vidal', Fallos: 344:3156).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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