S., G. C. c/ INSSJP s/AMPARO LEY 16.986
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por G. C. S. en un amparo promovido contra el INSSJP. Revocó la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente B., R. A..
¿Quién es el actor?
G. C. S., representado por Ana Beatriz Gatica, con patrocinio del Defensor Federal Dr. Gabriel Darío Jarque.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo de la Ley 16.986 contra el INSSJP.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada con el alcance del precedente citado, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen (Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca) para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios traídos a conocimiento de esta Corte son sustancialmente análogos a los analizados y resueltos en la causa 'B., R. A. c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados' (Fallos: 347:1013), a cuyas consideraciones corresponde remitir por razones de brevedad." La remisión al precedente implica que la solución adoptada es la misma que la fijada allí. El fallo no contiene votos individuales ni disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
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