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Corte Suprema

BARRERA, JOSE AUGUSTO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA-DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina en un reclamo previsional de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, remitiendo a los fundamentos del precedente Vettorello (Fallos: 348:1620), y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 047852/2022/CS001
Recurso extraordinario Policia federal argentina Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Dto. 380/17 Remision a precedente Vettorello Nuevo pronunciamiento Costas Estado nacional Seguridad social

¿Quién es el actor?

José Augusto Barrera.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en el marco del régimen de Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Dto. 380/17).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en "Vettorello".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por el recurrente encuentran adecuada respuesta en lo decidido por esta Corte en la causa 'Vettorello' (Fallos: 348:1620), a cuyas consideraciones corresponde remitir -en lo pertinente- por razón de brevedad." No se transcriben fundamentos adicionales, ya que el fallo se remite íntegramente al precedente citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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