Recurso Queja Nº 2 - ALVAREZ, DIEGO ARIEL c/ ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO s/DESPIDO
La Corte Suprema admitió parcialmente el recurso extraordinario interpuesto por la Asociación del Fútbol Argentino en un juicio por despido y dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto en la causa Lacuadra respecto de la aplicación del acta 2783/2024. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Quién es el actor?
Diego Ariel Álvarez.
¿A quién se demanda?
Asociación del Fútbol Argentino (AFA), parte recurrente en la queja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones derivadas del despido del actor.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en el alcance indicado, con costas por su orden y reenvío al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lacuadra' (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
"...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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