LAROTONDA SERGIO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado en el reclamo de reajuste previsional del actor contra ANSeS, difiriendo para la etapa de ejecución el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609, de los bonos extraordinarios, del DNU 274/2024 y del artículo 26 de la Ley 24.241. Confirmó el resto de lo decidido e impuso las costas de Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Sergio Omar Larotonda.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (Prestación Básica Universal, movilidad previsional conforme Ley 27.541, Ley 27.609 y DNU 274/2024, y "subsidios extraordinarios" o bonos), con planteo de inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 y del artículo 79 de la Ley 18.037.
¿Qué se resolvió?
la Cámara fijó como fecha de adquisición del beneficio el 10/02/2025, bajo la Ley 24.241 con las modificaciones de la Ley 27.609. Confirmó lo decidido sobre la PBU (aunque el voto de Fantini difiere también ese punto para ejecución). Declaró abstracto el planteo sobre la Ley 27.541 y sus decretos, porque el actor no gozaba del beneficio al momento de aplicación de esas normas. Difirió para la etapa de ejecución la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, del DNU 274/2024 y de los bonos o refuerzos extraordinarios, así como la del artículo 26 de la Ley 24.241. Confirmó las costas de primera instancia a la demandada conforme Ley 27.423 y impuso las de Alzada a la demandada vencida. Reguló honorarios de Alzada en el 30% de los fijados en la instancia anterior, más IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte reconoce que el artículo 14 bis garantiza la movilidad y que el legislador debe fijar su contenido, sin desconocer el derecho a una subsistencia decorosa (Fallos 279:389; 300:84; "Badaro"). En ese marco, se considera prudente diferir el análisis de la Ley 27.609 porque el DNU 274/2024 modificó el artículo 32 de la Ley 24.241 y refleja la insuficiencia de la fórmula anterior; decidir ahora podría superponerse con los ajustes normativos en curso y generar resoluciones contradictorias. Como el DNU 274/2024 derogó el artículo 1 de la Ley 27.609 y ambos están estrechamente conectados, se resuelve tratarlos conjuntamente. Sobre los bonos o subsidios extraordinarios, se sostiene que forman parte de una política pública periódica del PEN para paliar efectos inflacionarios, por lo que su análisis resulta prematuro en esta instancia. Respecto del artículo 26 de la Ley 24.241, se difiere para ejecución, momento en que podrá constatarse un perjuicio concreto. Las costas de Alzada se imponen conforme Fallos 346:634 ("Morales"), dado que la sentencia se dictó bajo la Ley 27.423.
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Fantini adhiere al voto que encabeza el acuerdo con excepción de lo resuelto respecto de la PBU, que también difiere para ejecución; en ese punto su postura no integra la decisión mayoritaria.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.541Emergencia publica
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