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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 2 - ACTOR: CERRUDO, ARMANDO VICTORIANO Y OTROS DEMANDADO: EN-M SEGURIDAD-PNA s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, rechazó el recurso de la parte actora y confirmó la resolución que ordenó recalcular la liquidación de intereses tomando como base el capital neto y computando intereses sólo entre el 1°/8/23 y el 12/10/23. El tribunal fundó la decisión en la preclusión procesal y en los actos propios de los actores, que habían consentido la liquidación complementaria del Estado Nacional sin cuestionar su metodología.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 049652/2015/2/CA002
Ejecucion de sentencia Liquidacion de intereses Capital neto Preclusion procesal Actos propios Consentimiento Liquidacion complementaria Personal militar y de seguridad Intereses liju Costas.

¿Quién es el actor?

Armando Victoriano Cerrudo y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN-M Seguridad – PNA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de sentencia, cálculo de intereses sobre las sumas adeudadas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la liquidación de la parte actora (por $3.544.281,39) y ordenó una nueva liquidación sobre el capital neto, con intereses computados entre el 1°/8/23 y el 12/10/23.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, no puede soslayarse que la liquidación complementaria practicada por la demandada, que computó intereses hasta el 31/7/23, fue consentida por los actores, quienes solicitaron su aprobación y la transferencia de las sumas depositadas, sin formular cuestionamiento alguno respecto de la metodología empleada."

"En tales condiciones, no resulta posible convalidar la pretensión de recalcular los accesorios correspondientes a períodos anteriores con arreglo a parámetros distintos, pues ello importaría revisar períodos ya saldados y contrariar los actos propios de la recurrente y el principio de preclusión procesal."

Antecedentes relevantes: el 30/10/23 el juez tuvo presente "el consentimiento de la actora respecto del cálculo de los intereses de capital practicados por la demandada hasta el efectivo pago". La Cámara remitió, además, a la causa CAF 32.170/2017/CA3, "Uhlir", y a la causa 41.963/2017 de la misma Sala, en igual sentido.

¿Cómo votaron los jueces?

sentencia unánime, sin disidencias.

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