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Cámara de Apelaciones

ACEITERA GENERAL DEHEZA SA (TF 36318130-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala I, revocó la resolución del Tribunal Fiscal que había rechazado la devolución de derechos de exportación abonados en exceso por Aceitera General Deheza S.A. en 2018. El tribunal declaró la inconstitucionalidad de los derechos establecidos sin sustento legal por el decreto 793/2018 y reconoció el derecho al reintegro con intereses, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 022997/2026/CA001
Derechos de exportacion Decreto 793/2018 Inconstitucionalidad Reserva de ley tributaria Reintegro de tributos Intereses codigo aduanero Regimen tributario vigente al cierre de venta Costas Recurso directo de organismo externo Direccion general de aduanas.

¿Quién es el actor?

Aceitera General Deheza S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

devolución de la suma de $50.879,84 abonada en exceso en concepto de derechos de exportación establecidos por el decreto 793/2018, con relación al permiso de embarque nº 18057EC01009592C.

¿Qué se resolvió?

la Cámara admitió los agravios de la actora, revocó el pronunciamiento apelado, declaró la inconstitucionalidad de los derechos de exportación establecidos sin sustento legal por el decreto 793/2018, reconoció el derecho a obtener el reintegro en pesos con intereses conforme los artículos 811 y 812 del Código Aduanero, e impuso las costas de ambas instancias a la demandada. Por ello, la Cámara dejó sin efecto la distribución de costas por su orden y declaró insustancial el tratamiento de los agravios de la demandada sobre ese punto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Debe, pues, admitirse los agravios de la firma actora y declararse la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido sin sustento legal por el decreto 793/2018." Los agravios de la actora "hallan una adecuada respuesta en las consideraciones y en las conclusiones desarrolladas por esta sala en la causa 13.061/2022 'Newsan S.A.'", criterio mantenido en numerosas causas posteriores. Respecto del régimen aplicable, el fallo expresa que "el régimen tributario aplicable a los derechos de exportación aquí reclamados es el que estaba vigente al momento del cierre de cada una de las ventas, en los términos del artículo 6° de la ley 21.453". Sobre la devolución se señala que "deberá ser efectuada en pesos, dado que la firma actora abonó los derechos de exportación en esa moneda". Respecto de costas, "las costas de ambas instancias deben ser impuestas a la parte demandada ya que resulta vencida (artículos 68, primera parte, y 279 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y artículo 1163 del Código Aduanero)".

Leyes que cita

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