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Cámara de Apelaciones

ORTEGA, IRINA c/ RODRIGUEZ, ADOLFO MARTIN Y OTRO s/DESPIDO

La demanda por despido, promovida por una trabajadora contra dos codemandados, fue admitida en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX, modificó parcialmente la sentencia y dispuso aplicar el art. 55 de la ley 27.802 como mecanismo de actualización del monto de condena, confirmando el resto del fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 033196/2021/CA001
Despido indirecto Actualizacion monetaria Art. 55 ley 27.802 Tasa pasiva bcra Ipc Relacion laboral no registrada Ley 27.742 Costas Honorarios Codemandado.

¿Quién es el actor?

Irina Ortega.

¿A quién se demanda?

Adolfo Martín Rodríguez y otro codemandado (Matta).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido indirecto (distracto perfeccionado el 20/11/2020), con sus accesorios.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó el mecanismo de actualización del capital de condena, aplicando el art. 55 de la ley 27.802 en lugar del IPC más 3%; confirmó la sentencia en lo demás (fecha del distracto, valoración de la prueba testimonial, legitimación pasiva, inaplicabilidad de la ley 27.742); impuso las costas de ambas instancias a los demandados vencidos y reguló honorarios en 17%, 15% y 6% (primera instancia) y 30% (segunda instancia), sobre capital e intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto, considero que los argumentos expuestos por el recurrente no logran desvirtuar lo decidido en grado en cuanto tuvo por perfeccionado el distracto el 20/11/2020, por lo que propongo confirmar lo resuelto sobre el punto." "...estimo que la ley 27.742 no resulta aplicable al presente caso toda vez que, reitero, no era la ley vigente al momento en que tuvieron lugar los hechos debatidos -despido indirecto dispuesto el 20/11/2020-." "En conclusión, estimo tras lo expuesto que por múltiples razones corresponde aplicar al caso la pauta legal derivada del art. 55, ley 27.802, en cuestión y desestimar los planteos efectuados a su respecto." "a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)...; b) En ningún caso el resultado ... podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC)... con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b)."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Fera propone la solución; el Dr. Pesino adhiere, por lo que no hay disidencia registrada.

Leyes que cita

  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
  • Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos

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