BLAN MARI SABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.241 por servicios mixtos y planteó la inconstitucionalidad de diversas normas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 10 hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó la prescripción y ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar el retroactivo, mientras que desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y declaró abstractos otros cuestionamientos.
¿Quién es el actor?
BLAN MARI SABEL.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-2601417-0-1, fecha de adquisición del derecho 07/08/2024) conforme la ley 24.241, en base a servicios mixtos, con planteo de inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales.
¿Qué se resolvió?
el tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda; rechazó la defensa de prescripción del artículo 82 de la ley 18.037 (con reclamo computado desde dos años previos al reclamo administrativo, y como límite retroactivo la fecha de adquisición del beneficio); ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme (art. 22 ley 24.463); impuso las costas por su orden; y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la PBU y el reajuste del haber inicial, el juzgado sostuvo: "se estimará la procedencia del reclamo desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución impugnada. El límite retroactivo siempre será la fecha de adquisición del beneficio."
Respecto de la actualización de remuneraciones para PC y PAP: "es resorte exclusivo del Poder Legislativo Nacional, la elección de los índices de actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial", por lo que "procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto".
Sobre los aportes autónomos, se aplicó la doctrina de "Volonté" y "Makler" para determinar el haber inicial considerando la totalidad de los aportes efectuados al sistema, con "la mejor manera para reflejar el mayor esfuerzo contributivo realizado por el trabajador autónomo".
Sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609: "no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda", y "no resulta suficiente para tener por demostrada la confiscatoriedad... el argumento meramente conjetural de que las sumas resultantes de la aplicación de la anterior ley son más beneficiosas".
Sobre los topes: el planteo del artículo 14.2 de la Resolución 06/09 SSS se declaró abstracto por haber sido revocado por la Resolución SSS 3/2021; el tope del artículo 24 de la ley 24.241 también se declaró abstracto por no acreditarse el tiempo de servicios requerido.
Los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 9 de la ley 24.463 y 9, 25 y 26 de la ley 24.241, Resolución SSS 3/21 y el impuesto a las ganancias se difirieron para la etapa de ejecución.
Las diferencias se deberán abonar "sin quita alguna", con intereses según tasa pasiva promedio mensual del BCRA.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.