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Primera Instancia

Incidente Nº 8 - IMPUTADO: BRITO, SOFIA ANAHI s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

El Ministerio Público Fiscal y la imputada Sofía Anahí Brito arribaron a un acuerdo pleno en el marco de la Carpeta Judicial N° 11253/2026 por almacenamiento y tenencia de estupefacientes y tenencia de arma de fuego de uso civil. El Juzgado Federal de Garantías N° 2 de Salta homologó el acuerdo y condenó a la imputada a 3 años de prisión en suspenso, con reglas de conducta y multa mínima.

Fecha de la sentencia
Tribunal
OFICINA JUDICIAL DE SALTA (REVISION Y GARANTIAS)
Fuero
FEDERAL DE SALTA
Jurisdicción
Federal · Salta
Expediente
FSA 011253/2026/8
Acuerdo pleno Art. 324 cppn Homologacion Participe secundario Almacenamiento de estupefacientes Tenencia de estupefacientes con fines de comercializacion Tenencia de arma de fuego de uso civil Prision en suspenso Reglas de conducta Decomiso.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por la Auxiliar Fiscal Federal Dra. Soledad Cabezas.

¿A quién se demanda?

Sofía Anahí Brito, DNI 39.679.716, asistida por el Defensor Particular Dr. Fernando Díaz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acuerdo pleno (art. 324 CPPN) respecto de los delitos de almacenamiento de estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia de arma de fuego de uso civil sin autorización legal.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo pleno, se condenó a la imputada como partícipe secundaria a 3 años de prisión en suspenso más el mínimo de multa, se le impusieron reglas de conducta (art. 27 bis incs. 1, 2 y 3 CP), se dispuso su inmediata libertad, se ordenó el decomiso de un celular marca iPhone y se remitieron los actuados al juez con funciones de revisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal efectuó el control de legalidad del acuerdo conforme los arts. 323 y ss. del CPPN y requirió el consentimiento de la causante, el cual se prestó en forma libre y voluntaria respecto de los términos del acuerdo, según consta en el soporte digital de la audiencia. Por ello, homologó el acuerdo. No se transcriben fundamentos adicionales de la sentencia, la cual se limita a la parte dispositiva y a la constancia del control de legalidad y del consentimiento de la imputada.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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