TORRILLA, EVA GENARA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora, titular de un beneficio previsional otorgado bajo la Ley 24241, reclamó el reajuste y la movilidad de sus haberes previsionales contra ANSES, cuestionando la constitucionalidad de diversas normas. El Juzgado Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, del régimen de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y del art. 3 del Decreto 157/2018, y ordenó a ANSES abonar el nuevo haber y las diferencias retroactivas.
¿Quién es el actor?
TORRILLA, Eva Genara.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste y movilidad de haberes previsionales (beneficio otorgado bajo Ley 24241, con alta 03/2017 y adquisición 09/2016), con cuestionamiento de constitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la Ley 24463, de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, de los bonos otorgados, de los arts. 9, 24, 25 y 26 de la Ley 24241, de las resoluciones 298/2008 y 06/2009, de la Ley 27609 y del régimen del impuesto a las ganancias; además, determinación del haber inicial, actualización de remuneraciones e intereses moratorios.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la excepción de prescripción por los términos que excedan los dos años previos al último reclamo administrativo o a la demanda. Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 en la medida en que los incrementos resulten inferiores a los que correspondían por la Ley 27426; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias sobre jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios, extendido a las retroactividades; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 (costas). Se ordenó a ANSES abonar el nuevo haber y las diferencias retroactivas con intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA. Se rechazaron: la aplicación del RIPTE (se ordena el índice de la Resolución ANSES 140/95 hasta febrero de 2009 y luego el art. 2 de la Ley 26417), el reajuste de la PBU (con posibilidad de replantearlo en liquidación), la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24463, de los arts. 9, 24, 25 y 26 de la Ley 24241 y de la Resolución SSS 6/2009 (sin perjuicio de replantearlos en liquidación), la inconstitucionalidad de la Ley 27609, los bonos otorgados y la aplicación del índice de precios mayoristas. Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…adhiero a la doctrina que propicia que lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debe iluminar los fallos del resto de los jueces, por ser el Máximo Tribunal el intérprete último y supremo de la Constitución Nacional y de las normas federales; dicha razón persuade la adhesión a sus precedentes."
"…no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario, su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida activa."
"Este criterio resulta extensivo a las retroactividades debidas, atento que aquellas encuentran su génesis en una incorrecta liquidación del haber previsional."
"…la declaración de inconstitucionalidad al importar el desconocimiento de los efectos, para el caso, de una norma dictada por un poder de jerarquía igualmente suprema, constituye un remedio de última ratio que debe evitarse de ser posible mediante una interpretación del texto legal en juego compatible con la Ley Fundamental…"
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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