SANTILLAN, MARTA BERNARDINA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Una beneficiaria jubilada bajo el régimen especial de la ley 22.929 para investigadores científicos promovió amparo contra la ANSES para que no se le aplicara el tope del art. 9 de la ley 24.463. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, por analogía con la doctrina de la Corte Suprema en Guzmán y Gemelli, e impuso las costas a la ANSES.
¿Quién es el actor?
Marta Bernardina Santillán.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo para que no se aplique a su haber previsional el tope del art. 9 de la ley 24.463 (modificado por ley 25.239), por haber obtenido su jubilación bajo el régimen especial de la ley 22.929 para investigadores científicos.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el recurso de apelación de la ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que fue motivo de agravio; costas de Alzada a la demandada vencida; honorarios de Alzada fijados en el 30% de lo regulado en primera instancia, equivalentes a 6 UMA para la Dra. Florencia Masotti.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el beneficio jubilatorio de la actora fue obtenido, al amparo de la ley 22.929 Régimen Especial Prestaciones para Investigadores Científicos, sometidos en consecuencia a un régimen de los denominados especiales, diferenciados del régimen general de la Ley 24.241." "No prosperará el agravio de la demandada dirigido a cuestionar la inaplicabilidad del tope previsto por el art. 9 de la ley N°24.463. Sobre el particular, cabe remitirse a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS' (fallo del 2/3/16)..." "el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características." "Análogamente se extiende a casos de regímenes especiales como el presente, que se da bajo el amparo de la ley 22.929 de Régimen especial para investigadores científicos." En materia de costas, la Corte sostuvo que el art. 14 de la ley 16.986 "no ha sido dejada sin efecto por la ley de solidaridad previsional" (Fallos 322:464).
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Leyes que cita
- Ley 25.239Reforma tributaria
- Ley 22.929Regimen previsional investigaciones cientificas
- Ley 16.986Amparo
- Ley 24.016Docentes
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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