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Primera Instancia

ARCA c/ MATRA S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA promovió ejecución fiscal contra MATRA S.R.L. por un crédito de $49.776.941,93 derivado de un certificado de deuda. El Juzgado ordenó el archivo de las actuaciones por haberse acogido la demandada a un plan de pagos, e impuso las costas a la ejecutada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE NEUQUEN 1 - SECRETARIA TRIBUTARIA Y PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE GENERAL ROCA
Jurisdicción
Federal · Rio Negro
Expediente
FGR 020107/2026
Ejecucion fiscal Plan de pagos Archivo de actuaciones Certificado de deuda Medidas precautorias Levantamiento de medidas Costas Honorarios Ley 11.683 Arca

¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy ARCA).

¿A quién se demanda?

MATRA S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de $49.776.941,93 conforme al Certificado de Deuda glosado en autos.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal ordenó el archivo de las actuaciones (art. 92, párrafo 24, ley 11.683), dispuso que el levantamiento de las medidas precautorias opere sin nueva orden judicial una vez satisfecha la pretensión fiscal, impuso las costas a la demandada (art. 68 CPCCN), ordenó a la actora practicar la estimación administrativa de honorarios en cinco días, y tuvo presente que, ante el incumplimiento del plan de pagos, la actora iniciará nueva ejecución fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Frente al acogimiento del deudor ejecutado a un régimen de facilidades de pago, el representante del Fisco solicitará el archivo de las actuaciones. De producirse la caducidad de dicho plan, por incumplimiento de las cuotas pactadas o por cualquier otro motivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos estará facultada para emitir una nueva boleta de deuda por el saldo incumplido" (art. 92, párrafo 24, de la ley 11.683, modif. por ley 27.430).

"Las costas serán impuestas a la accionada, toda vez que fue su conducta la que obligó al organismo fiscal a emitir el certificado de deuda y a recurrir a esta instancia judicial de ejecución a fin de satisfacer su acreencia."

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