VALENZUELA CARMEN EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de la Prestación Básica Universal y otros rubros previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social aceptó parcialmente los agravios: difirió para ejecución el cuestionamiento sobre topes, dejó sin efecto lo decidido respecto de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad y confirmó la sentencia en los demás extremos.
¿Quién es el actor?
VALENZUELA CARMEN EDITH.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes de haberes, especialmente revisión y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (Resolución SSS 6/2009), impugnación de normas (arts. 9 y 25 Ley 24.241), petición de exención del impuesto a las ganancias sobre retroactividad y haber mensual, y otras cuestiones conexas (tasa de interés, inconstitucionalidad de leyes y decretos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió en mayor parte a favor del actor de forma parcial: diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; dejar sin efecto lo decidido respecto de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241; disponer la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad que resulte de la liquidación a practicar por el reajuste y sobre el haber mensual; confirmar lo resuelto respecto de las costas de grado en la forma indicada; confirmar la sentencia recurrida en los demás extremos; imponer costas por su orden en la alzada y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Por ello, y en atención a lo expuesto precedentemente, la Sala RESUELVE: 1)Diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes... 2)Dejar sin efecto lo decidido respecto a los arts. 9 y 25 de la ley 24.241... 3)Disponer la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad... 5)Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión en varios puntos (se consignó su opinión separada sobre la actualización de la PBU, la ley 27.609 y costas), la cual fue puesta a salvo pero la resolución citada corresponde a la mayoría y no a la posición dejada a salvo.
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Leyes que cita
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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