GONZALEZ GATICA BERNABE ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes de haberes previsionales y de la Prestación Básica Universal contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo resuelto y difirió para ejecución el análisis de la aplicación de topes de haberes, ordenando costas por su orden y fijando honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
González Gatica Bernabé Enrique.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reajustes varios, en particular del valor de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de la Resolución SSS 06/09 (art. 14, punto 2 y artículo 9 de la ley 24.463) y otros ajustes, incluyendo tratamiento de impuesto a las ganancias, prescripción y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue objeto de agravios; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido si surgen sumas a favor del actor de la liquidación, o en el orden causado en caso contrario); impuso costas por su orden en la Alzada; y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU…”
“En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III ‘Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’, contemplando asimismo el precedente ‘Quiroga’ citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida.”
“Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Res. SSS 06/09) … pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
“Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal.”
Sobre el impuesto a las ganancias: “corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido.”
Respecto de costas y honorarios: se aplica lo dispuesto por art. 68 del CPCCN y art. 36 de la ley 27.423; “Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30).”
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión en torno a diversos puntos, señalando adherencia a precedentes de la Corte (Quiroga, Sandoval, Pichersky) y sosteniendo la inaplicabilidad del art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 con remisión al voto de la Sala II en “Parenti Graciela…”. Se aclara que tales manifestaciones fueron dejadas a salvo por el magistrado y no alteran la decisión mayoritaria.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.