OLIVER MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes varios y la revisión del valor de la Prestación Básica Universal frente a ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia: difirió para ejecución el examen de los topes de haberes, revocó la orden de aplicar diferencias a los haberes de enero-febrero 2021 y confirmó lo demás, incluidas costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
OLIVER MIGUEL ANGEL.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (incluida la Prestación Básica Universal), inclusión de sumas no remunerativas en el haber inicial, impugnación de topes de haberes, aplicación de la ley 27.609, exención de impuesto a las ganancias, prescripción y costas.
¿Qué se resolvió?
Se diferenció para la etapa de ejecución el cuestionamiento referido a la aplicación de topes de haberes; se revocó la decisión de primera instancia en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020; se confirmaron las costas en la instancia de grado en los términos indicados; y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Además, se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se otorgue para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—) ... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación... por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 ... el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en varios puntos (señalados en el voto), entre ellos cuestionamientos probatorios sobre la inclusión de sumas no remunerativas en el haber inicial y observaciones sobre la aplicación de topes; dichas opiniones fueron manifestadas como salvo y no integran la decisión de la mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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