VELASQUEZ SUSANA ESTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional por aplicación de índices y redeterminación de la P.B.U. La Jueza federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescritos créditos anteriores a dos años, ordenó la liquidación y el pago de las diferencias en 120 días y dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada por los fundamentos expuestos.
¿Quién es el actor?
Susana Ester Velásquez.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la resolución administrativa que denegó reajuste de haberes; se solicita recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (P.B.U., Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), y se cuestionan mecanismos de determinación del haber inicial y sistema de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se dejó sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción por art. 82 ley 18.037 en cuanto a créditos anteriores a dos años; se ordenó a ANSES que en el plazo de 120 días practique la liquidación conforme a los considerandos, ponga al pago el haber inicial recalculado y efectúe los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; se declararon las costas por su orden y se diferió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer orden, corresponde hacer lugar la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescriptos los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)."
"A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. ... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios... 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%) ... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. ... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417-."
"En consecuencia, corresponde declarar inaplicables las disposiciones del decreto 807/16 y determinar que las remuneraciones serán actualizadas mediante el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive) y a partir del 1/3/2009 deberá estarse a la pauta de actualización establecida en el art. 2º de la citada ley..."
"Estimo que los índices de movilidad jubilatoria del período septiembre a diciembre de 2017, previstos por la ley 26.417, no habían sido incorporados al patrimonio del actor a la fecha de entrada en vigencia de la ley 27.426 (29/12/2017)... En consecuencia, no habré de hacer lugar al planteo formulado." (fundamento sobre no retroactividad)
"Habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541 ... debe liquidarse a la parte actora el haber que hubiera correspondido de haberse aplicado la movilidad establecida en la ley 27.426 - descontando lo percibido por los aumentos otorgados por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020- y tener en cuenta éste último haber readecuado para los meses de enero y febrero de 2021 y para adicionar el incremento previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el documento.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.541Emergencia publica
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