S., T. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD
Amparo por aumento de cuota de medicina prepaga reclamando la nulidad del “ajuste por edad” y devolución de sumas cobradas. El Juzgado rechazó la acción de amparo por falta de prueba de conducta arbitraria de la empresa, sosteniendo que la actora consintió el cobro (teoría de los actos propios) y que el DNU 70/23 habilita diferenciaciones por franjas etarias.
¿Quién es el actor?
T.S. (actora, afiliada).
¿A quién se demanda?
Swiss Medical S.A. (empresa de medicina prepaga).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de amparo para que se deje sin efecto el aumento en la cuota bajo el concepto “AJUSTE POR EDAD”, retrotraiga el costo de la cuota, devuelva lo retenido y se abstenga de aplicar aumentos injustificados; se solicitó también medida cautelar y se peticionaron daños (daño punitivo, reintegro, daño moral), los cuales fueron rechazados en trámite.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo interpuesta por T.S. contra Swiss Medical SA, con costas, y se regularon honorarios para los letrados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este sentido, aquélla acompaña las facturas emitidas por Swiss Medical, correspondientes a los meses de diciembre de 2024 a marzo de 2026 y, de su lectura, se evidencia que en todo ese período la accionada facturaba el concepto 'ajuste por edad'. En otras palabras, no se advierte un cambio en la facturación que permitiera analizar si se debió a una conducta indebida por parte de la EMP. Por ello, se concluye que la accionante consintió que se le cobrara ese concepto, tornándose aplicable la teoría de los actos propios."
"Por otro lado, no puede perderse de vista que, desde su entrada en vigencia, el DNU 70/23 estipula que las empresas de medicina prepaga, como lo es la demandada, pueden efectuar aumentos en las cuotas de los planes de salud que comercializan. Ahora bien, la accionante no planteó la inconstitucionalidad de la referida norma, motivo por el cual su conducta sella su suerte, pues tampoco se advierte que tales aumentos fueran indebidos."
"Entonces, la parte actora no logró demostrar, mediante la prueba pertinente, la existencia de un obrar indebido o arbitrario en cabeza de su contraria, de modo tal que se infiere que aceptó voluntariamente los aumentos."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; la sentencia es de un solo magistrado de primera instancia.
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