CAJA, ELSA AURORA c/ GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La actora demandó a la Gendarmería Nacional por la declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 679/1997 que aumentó aportes previsionales. La Cámara Federal de Resistencia rechazó los recursos de apelación de las demandadas y confirmó la sentencia de primera instancia, apoyándose en el precedente de la CSJN (Pino, Seberino) y en la aplicación de la prescripción bienal.
¿Quién es el actor?
Caja, Elsa Aurora.
¿A quién se demanda?
Gendarmería Nacional Argentina y la CRJPPFA (cuando corresponde).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugnó el Decreto N° 679/1997 por haber aumentado el descuento previsional del 8% al 11% y por su presunta inconstitucionalidad y efectos sobre los haberes. Se reclamó la nulidad/inconstitucionalidad del decreto y el pago de diferencias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos por las demandadas y, en consecuencia, confirmó la sentencia de primera instancia; impuso las costas de la Alzada a la demandada vencida y ordenó comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es de advertir que el decreto en cuestión modificó sustancialmente el régimen legal de aportes del personal de la institución, elevando el descuento previsional del 8% a un 11% sobre el haber de actividad, retiro o pensión, por considerar que se verificaban las circunstancias excepcionales del art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional para el dictado de decretos de necesidad y urgencia. Tal modificación representó una merma en los salarios del personal de Gendarmería, dando lugar a la promoción de numerosos juicios."
La Sala sostuvo la adhesión al precedente de la CSJN en "Pino, Seberino" (Fallos: 344:2690): “…que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia... corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/79.”
Sobre prescripción: "En la sentencia se ha determinado como aplicable el plazo de dos años establecido en el art. 2562 inciso c) del Código Civil y Comercial de la Nación... La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la Ley N° 23.627 dada su similitud con el art. 82 de la Ley N° 18.037." (cita jurisprudencia "Jaroslavsky, Bernardo").
Sobre costas: "Corresponde... imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida... El artículo 68 del Código Procesal consagra el criterio objetivo de la derrota, como fundamento de la imposición de las costas."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia relevante; la Sra. Jueza María Virginia Ise fue preopinante y la Sra. Jueza Patricia B. García adhirió, por lo que la resolución fue por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 23.627Jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
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