OLAGUE, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando reajustes y pago de suplementos equivalentes a bonos; pidió además declarar la inconstitucionalidad de normas. La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación, confirmó la sentencia de grado que declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y reguló costas y honorarios conforme a la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
OLAGUE, María Cristina.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por reajuste de haber inicial y movilidad previsional; petición de declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas la ley 27.609 y solicitud de pago de un suplemento equivalente a bonos extraordinarios otorgados a haberes mínimos). Reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó la sentencia de primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas en el orden causado conforme art. 36, última parte, de la ley 27.423; y se regularon honorarios para el letrado de la actora en el 30% de lo que se determine en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Por ello, se desestima el agravio invocado.” (referido al planteo de inconstitucionalidad del índice de movilidad establecido en la ley 27.609, con remisión a los fundamentos del precedente PIÑOL).
“Corresponde rechazar el agravio, toda vez que se trata de una decisión discrecional del PEN -en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 99 de la Constitución Nacional- a fin de mejorar la situación de los sectores pasivos más vulnerables.” (sobre el pedido de pago de un suplemento equivalente a bonos extraordinarios).
“Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado debido al modo en que se resuelve y lo previsto en la última parte de la norma citada.”
¿Cómo votaron los jueces?
no se registraron votos en disidencia; ambos Jueces de Cámara (Gómez y Busaniche) adhirieron al voto que rechazó el recurso y declaró la inconstitucionalidad indicada.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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