G F N EN REPRESENTACION DE SU ESPOSO H R A. c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamaron reajuste y movilidad de haberes previsionales por retiro por invalidez. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar al recurso de apelación de la ANSES, revocó en todas sus partes la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, aplicando criterios que excluyen la aplicación de “Elliff” y de la doctrina “Quiroga” al caso concreto.
¿Quién es el actor?
G F N en representación de su esposo H R A (titular del retiro por invalidez).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y movilidad del haber inicial de retiro por invalidez; examen de aplicación del fallo “Elliff”, del índice ISBIC y del reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU); declaración de inconstitucionalidad de varios decretos de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la ANSES, se revocó en todas sus partes la sentencia de primera instancia y se rechazó la demanda. Se adecuó la imposición de las costas y se ordenó su distribución en el orden causado en ambas instancias; no se regularon honorarios a los letrados de la parte demandada; se dejó constancia de la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento ello, surge que las remuneraciones consideradas son posteriores a febrero de 2009, por lo que las pautas establecidas en el fallo “Elliff” y el índice ISBIC no resultan aplicables a la situación particular del actor. En consecuencia, se hace lugar al agravio invocado y se revoca lo resuelto en la sentencia de grado al respecto."
"Sin embargo, conforme surge de las constancias de la causa, el actor es titular de un retiro por invalidez que no se compone de Prestación Básica Universal (Ver detalle del beneficio), por lo que resulta inaplicable al caso la doctrina “Quiroga” que deja a resguardo el derecho a replantear el reajuste de la PBU. En virtud de ello, corresponde hacer lugar al agravio."
"También debe admitirse el planteo de la ANSES por el cual sostiene que debe revocarse la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020, 692/2020 y 899/2020 en virtud de que las disposiciones contenidas en las normas antes mencionadas fijan pautas de movilidad para el período comprendido hasta junio de 2020. De esta manera, no resultan aplicables a quienes adquieran su beneficio previsional con posterioridad a dicha fecha, como lo es el caso del actor, que lo obtuvo el 24/9/2022."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; ambos Jueces de Cámara adhirieron al acuerdo.
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