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Cámara de Apelaciones

TAUBER, ARNOLDO LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajuste y movilidad de haberes previsionales contra ANSES por beneficios otorgados bajo la ley 24.241. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcial al reclamo del actor (dejando a resguardo la posibilidad de impugnar los arts. 24 y 26 de la ley 24.241 en la liquidación si se acreditan los extremos) y, a su vez, admitió parcialmente la apelación de ANSES para dejar sin efecto la imposición de costas en primera instancia; además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y reguló honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 009179/2025/CA001
Seguridad social Ley 24.241 Inconstitucionalidad Art. 24 Art. 26 Dnu 157/2018 Costas Movilidad previsional Impuesto a las ganancias Honorarios

¿Quién es el actor?

TAUBER, Arnoldo Luis (accionante, titular de beneficio previsional bajo ley 24.241).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y movilidad de haberes previsionales; impugnación de topes y reglas de cálculo (arts. 24, 26 y demás de ley 24.241), aplicación de índices (solicitud de actualización con IPIM), declaración de inconstitucionalidad de decretos y del régimen del impuesto a las ganancias sobre haberes, y condenas accesorias (intereses, costas, honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la parte actora y declaró la inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241 "si se dan los presupuestos expresados en los considerandos", admitió parcialmente el recurso de la demandada y dejó sin efecto la imposición de costas a la demandada en primera instancia distribuyéndolas en el orden causado (art. 36 ley 27.423, última parte), confirmó la sentencia en lo demás, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente en el orden causado, y reguló honorarios de la letrada del actor en un 34% de lo que se determine en primera instancia. Se tuvieron presentes las reservas del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Hacer lugar parcialmente al recurso de la parte actora y declarar la inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de ley 24.241 si se dan los presupuestos expresados en los considerandos." (parte resolutiva).

2) "Se admite parcialmente el recurso de la demandada y dejar sin efecto la imposición de costas a la demandada en primera instancia, las que se distribuyen en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-." (parte resolutiva).

3) En los considerandos: "Nuestro Máximo Tribunal se ha expedido en relación al planteo suscitado y declaró la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241, cuando su aplicación de manera estricta produzca una disminución significativa en el haber del beneficiario... En el presente caso, atento que los aportes del actor superan los 35 años corresponde dejar a resguardo el derecho a plantear la cuestión en la etapa de liquidación..." (considerando sobre art. 24).

4) Sobre el art. 26: "La Corte Suprema de Justicia de la Nación... resolvió que 'se ha demostrado el perjuicio concreto que ocasiona la suerte de tope a la prestación compensatoria... que la merma del haber resulta confiscatoria'... la ausencia de liquidación impide determinar si las normas producen perjuicios... corresponde dejar a resguardo la posibilidad de analizar la cuestión para la etapa de liquidación." (considerando sobre art. 26).

5) Sobre costas y DNU: "Atento a lo resuelto por la Corte Suprema... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado..." (considerando y parte resolutiva).

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo consignó "DISIDENCIA PARCIAL" (firma y mención en el expediente), debiéndose a votos parciales registrados; no obstante, la decisión final obedece al bloque dispositivo transcripto y es la que surge por mayoría.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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