ALVEZ DE OLIVERA, JOSE ALBERTO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando reajuste de haberes jubilatorios y actualización de aportes y componentes del haber. La Cámara Federal de Posadas revocó parcialmente la sentencia de grado sólo en lo relativo a la aplicación de la movilidad del beneficio, disponiendo la aplicación escalonada de las leyes de movilidad desde el 09/11/2017 conforme al punto 5º del voto, y confirmó el resto de lo decidido en la instancia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
José Alberto Alvez de Olivera.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales del beneficio N° 15-0-9988102-0-8, recálculo del haber inicial, actualización de aportes (dependientes y autónomos), liquidación de retroactividades, aplicación de movilidad y cuestiones relacionadas con la Prestación Básica Universal (PBU).
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia de grado en cuanto a la movilidad del beneficio, debiendo aplicarse desde el 09/11/2017 hasta el 28/02/2018 la movilidad de la Ley 26.417; desde el 01/03/2018 hasta el 31/12/2019 la Ley 27.426; desde el 01/01/2020 las movilidades de la Ley 27.541 hasta el 31/12/2020; y desde el 01/01/2021 la Ley 27.609 hasta la finalización del régimen de transición dispuesto por el DNU 274/2024 y, a partir de julio de 2024, actualización conforme al INDEC según art. 32 de la Ley 24.241 (texto según DNU 274/2024). Se confirmó en lo demás lo decidido por el juez de primera instancia. Costas de alzada por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, el Sr. Magistrado de primera instancia, en el fallo apelado, hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada y declaró prescriptos los créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo, interpuesto con fecha 23/10/2023 ... En consecuencia, hizo lugar a la demanda y ordenó reajustar los haberes del Sr. Alberto Alvez de Olivera, recalculándose el haber inicial del beneficio N° 15-0-9988102-0-8, sus actualizaciones y retroactividades. Para el reajuste del haber inicial aplicó las pautas de la doctrina 'Elliff' respecto del promedio actualizado de las remuneraciones percibidas durante los diez años anteriores al cese ... En cuanto a los aportes autónomos ingresados oportunamente, consideró aplicable la solución prevista por la C.S.J.N in re 'Makler, Simón v. ANSeS ...', por lo que dispuso deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas -en cada momento histórico-, sin un límite al número de años a computar."
"Que conforme lo señalado, la cuestión vinculada a decidir sobre si procede o no la actualización de la PBU deberá diferirse a la etapa de liquidación, a resultas de la demostración de confiscatoriedad y planteos oportunos de la parte interesada."
"En lo que atañe al reclamo de la demandada por la movilidad dispuesta en la sentencia, asiste razón al planteo, dado que de las constancias ... el actor adquirió su beneficio con FAD el 08/11/2017 y siendo que el beneficio se rige por la ley vigente al momento de adquisición del derecho (art. 161 de la Ley 24.241 ... ) corresponde revocar lo resuelto en materia de movilidad y disponer en su lugar que ... la demandada aplique desde el 09/11/2017 hasta el 28/02/2018 la movilidad dispuesta en la Ley 26.417; desde el 01/03/2018 hasta el 31/12/2019 la ley 27.426; desde el 01/01/2020 se aplicarán las movilidades 27.541 hasta el 31/12/2020, y desde el 01/01/2021 la movilidad establecida en la ley 27.609 ..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Mario Osvaldo Boldú fue el primero en votar y propuso la modificación indicada; los Dres. Mirta Delia Tyden y Fabián Gustavo Cardozo adhieren al voto. No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.541Emergencia publica
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.