MAGRI, MARIA LUISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando reajustes de haberes previsionales. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado: diferir la determinación de la Prestación Básica Universal para la liquidación, declarar la constitucionalidad de las Leyes 27.426 y 27.541 para la movilidad del período y confirmar lo demás de la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
María Luisa Magri (actora).
¿A quién se demanda?
A.N.S.E.S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional y declaración sobre movilidad aplicable, actualización de remuneraciones, PBU, intereses y régimen de costas e impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de fecha 6/6/2024 en los puntos indicados: (a) diferir para la etapa de liquidación la determinación de la Prestación Básica Universal; (b) declarar la constitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 para la movilidad del haber previsional de la actora en ese período; (c) tener en cuenta lo dispuesto respecto de la Ley N° 27.609 (aplicando IPC del INDEC hasta la vigencia del DNU 274/24 en los términos expuestos); y (d) imponer las costas de primera instancia en el orden causado. Se confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravio. Se impusieron las costas de esta instancia en el orden causado y se reguló honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo estimado en la instancia de grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por lo expuesto, corresponde modificar lo allí decidido y diferir el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación conforme las pautas aquí dadas."
"I. Modificar la sentencia de fecha 6 de junio de 2024, dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto y, en consecuencia: a) diferir para la etapa de liquidación la determinación de la Prestación Básica Universal, con el alcance señalado en el presente decisorio; b) declarar la constitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 para la movilidad del haber previsional de la actora en ese período; c) tener en cuenta lo aquí dispuesto en cuanto a la Ley N° 27.609; y d) imponer las costas de primera instancia en el orden causado."
"II. Confirmarla en todo lo demás que decide y ha sido materia de agravio, debiéndose tener presente la aplicación del precedente 'Villanustre' y lo expuesto en cuanto a los arts. 9 y 25 de la Ley N° 24.241 y la aplicación de los precedentes de la C.S.J.N. en las causas 'Gualtieri' y 'Lolhé', en el presente pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el decisorio final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.