VAN OS, BEATRIZ ANA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
Amparo por continuidad de cobertura médica de jubilada contra OSOCNA y OSDE. El Juzgado hizo lugar al amparo y ordenó restituir la afiliación de la Sra. Beatriz Ana Van Os y su concubino al plan 210 en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa, disponiendo la transferencia mensual de los aportes por parte del ANSES.
¿Quién es el actor?
Sra. Beatriz Ana Van Os (por apoderado).
¿A quién se demanda?
Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Empresarios Directos (OSDE).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo para obtener la continuidad/reincorporación de la actora y su concubino como afiliados y la prestación de servicios de salud a través de OSDE en las mismas condiciones que tenían como trabajadora activa (plan 210), con transferencia de los aportes correspondientes desde el haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al amparo. Se condenó a OSOCNA y OSDE a “reestablecer la afiliación de la actora y su concubino … en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa en el plan 210”, debiendo cumplimentarse los aportes conforme a las leyes 19.032, 23.660 y 23.661 y abonando, en su caso, la actora la diferencia entre dichos aportes y la cuota del plan. Se libró oficio al ANSES para que transfiera mensualmente los aportes deducidos del haber jubilatorio a OSOCNA dentro de los 15 días de cada mes vencido. Se impusieron costas a las demandadas y se reguló honorarios y emolumentos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“En virtud de ello y la naturaleza del derecho cuya protección pretende la parte actora a través de la presente acción, considero que la vía intentada resulta adecuada a los fines requeridos.”
“La actora estuvo afiliada ... a OSDE vía derivación de aportes de OSOCNA ... obtuvo el beneficio jubilatorio en mayo de 2013 ... el 01/09/21 se afilió de manera directa a la demandada y el 15/09/21 inició los presentes actuados a fin de reclamar la continuidad como afiliada obligatoria en el plan 210 …”
“Cabe colegir que a la amparista le corresponde el mantenimiento de su afiliación en el plan 210 de OSDE, en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa, junto a su grupo familiar primario ... de conformidad con lo establecido por los arts. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660.”
Sobre la constitucionalidad de normas cuestionadas: “la declaración de inconstitucionalidad propiciada resulta innecesaria.”
¿Qué se resolvió?
“Haciendo lugar a la acción de amparo promovida por la Sra. Beatriz Ana Van Os. En consecuencia, condenando a la Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y a la Organización de Servicios Empresarios Directos (OSDE) a reestablecer la afiliación de la actora y su concubino, ... debiéndose cumplimentar con los aportes debidos de conformidad con las leyes 19.032, 23.660 y 23.661, y abonar la actora, en su caso, la diferencia entre los referidos aportes y el valor de la cuota al correspondiente plan.”
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos o disidencias en la resolución presentada; la decisión es la que consta en el fallo.
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Leyes que cita
- Ley 19.032Instituto nacional de servicios sociales jub.pens.
- Ley 23.660Obras sociales
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