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Cámara de Apelaciones

BERON, NILDA NELIDA c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA

La actora demandó a ANSeS en ejecución de sentencia previsional por pagos retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inaplicable el impuesto a las ganancias sobre los retroactivos y confirmó las regulaciones de honorarios y costas, regulando además los honorarios de alzada en 30% de lo fijado en primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 008793/2020/CA001
Ejecucion de sentencia Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Honorarios Costas Apelacion Seguridad social Regulacion de honorarios Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

BERON, NILDA NELIDA.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia previsional reclamando retroactivos (capital e intereses) y cuestiones accesorias (impuesto a las ganancias, plazo de cumplimiento, excepciones, costas y honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de agravios: confirmó la planilla practicada y aprobada, rechazó las excepciones deducidas que no habían sido aportadas oportunamente, declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de los retroactivos y confirmó la regulación de honorarios de la actora y del perito, además de imponer las costas de la instancia a la demandada; reguló los honorarios de los profesionales de esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"3°) En relación al agravio que versa sobre el impuesto a las ganancias del retroactivo de capital e intereses, debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “García, Marta Susana c/ ANSeS s/ reajustes varios” y “Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ reajustes varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ reajustes varios”, del 17 de septiembre 2020 y receptado en igual sentido por el plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en autos “PERCIVALDI, Roberto René c/ ANSeS s/ Apela Resolución” Expte. N° 31000160/2009, del 29 de diciembre de 2020, donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628."

"8°) En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo por la representación de la parte actora y a que actuó en doble carácter, se advierte que lo regulado no es elevado, correspondiendo por tanto, su confirmación."

"Revisada la regulación, aplicando los porcentajes legales, así como la reducción del art. 41, se advierte que la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."

¿Cómo votaron los jueces?

no hubo disidencia en la parte resolutiva final; las dos juezas firmantes (Andalaf Casiello y Vidal) coincidieron en confirmar la sentencia. Se deja constancia de que el Dr. Aníbal Pineda no participó por licencia.

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