Incidente Nº 1 - ACTOR: MIRANDE, MARTA ANGELICA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Reclamó la actora la ejecución de sentencia previsional por reajustes y la ANSeS apeló diversas imputaciones y cálculos. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, ordenó la actualización de la PBU según ISBIC y confirmó la regulación de honorarios y la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Mirande, Marta Angélica (actora ejecutante).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia por reajustes previsionales; aprobación de planilla pericial con recálculo de la PBU, imputación de pagos, retención del impuesto a las ganancias, y regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora y del perito contable; reguló los honorarios de los profesionales de esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, el valor de la PBU debe actualizarse mediante el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta el mes de febrero de 2009, inclusive y con posterioridad conforme los respectivos aumentos generales otorgados por las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y modificatorias, por ende, resulta correcto el cálculo realizado y constatada la confiscatoriedad que genera su falta de actualización corresponde hacer lugar al agravio de la actora y ordenar la actualización del componente."
"En cuanto al agravio de la accionada que versa sobre el impuesto a las ganancias ... debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628."
"En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, ... se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación."
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo disidencia en el Acuerdo; el Dr. Anibal Pineda no participó por licencia.
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Leyes que cita
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
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