JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ABALO, INES SILVIA c/ EN-M AGRICULTURA GANADERI Y PESCA s/EMPLEO PUBLICO

La actora reclamó contra el Estado Nacional por empleo público y se discutió la regulación de honorarios de letrados y peritos. La Cámara resolvió sobre la regulación y fijó montos concretos de honorarios a cargo de la parte demandada, precisando que los importes no incluyen IVA y que no resulta necesario expedirse sobre la inconstitucionalidad alegada de la Ley Nº 27.802.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 007874/2020/CA002
Honorarios Uma Costas Peritos Abogado patrocinante Ley 27.802 Iva Camara contencioso administrativo federal Empleo publico Regulacion de honorarios

¿Quién es el actor?

Inés Silvia Abalo (actora).

¿A quién se demanda?

EN-M Agricultura Ganadería y Pesca (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

controversia en el proceso de empleo público; en el pronunciamiento objeto se resuelve sobre la regulación y fijación de honorarios profesionales del patrocinante y peritos por las distintas etapas e instancias del pleito.

¿Qué se resolvió?

El tribunal resolvió ajustar y fijar los honorarios profesionales con los montos detallados en el considerando, dejando constancia de la vacancia de la Vocalía Nº 15, disponiendo su registro, notificación y devolución. Asimismo declaró inoficioso expedirse sobre el planteo de inconstitucionalidad de la Ley Nº 27.802 por no causarle agravio al actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- Que función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido durante las tres etapas del proceso por el Dr. Gastón Moldaver, en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora, corresponde modificar la regulación de honorarios de fojas 1633 y elevarlos a la suma de 32,65 UMAs -equivalentes a $3.460.606,15- a cargo de la parte demandada de conformidad con la imposición de costas de fojas 1517 (conf. art. 16, 20, 25 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 2372/2026). ... Por otro lado, en función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por el letrado mencionado durante la incidencia de fecha 22/05/2026, corresponde modificar la regulación de fojas 1633 y elevarlos a la suma de 3,26 UMAs -equivalentes a $345.530,66- a cargo de la parte demandada de conformidad con la imposición de costas de fojas 1627 (conf. art. 16, 20, 25 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 2372/2026)."

"II.- Que por el trabajo realizado ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dr. Gastón Moldaver en la suma de 9,79 UMAs -equivalentes a $1.037.651,89- a cargo de la parte demandada de conformidad con la imposición de costas de fojas 1570 (conf. art. 16, 20, 25 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 2372/2026)."

"III.- Que en función de la naturaleza, de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por la perito contadora, Sra. Flavia Lorena Pogliano, corresponde confirmar la regulación de honorarios de fojas 1633, habida cuenta que solo fueron apelados por bajos (conf. Decreto Nº 16.638/57; art. 16, 20, 25 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 2372/2026)."

"Por otra parte, en lo que refiere al planteo de inconstitucionalidad de la Ley Nº 27.802 formulado en su escrito recursivo, cabe señalar que el monto confirmado resulta superior al mínimo establecido por dicha ley. Por tal motivo, resulta inoficioso expedirse sobre el planteo de inconstitucionalidad, toda vez que no le causa agravio alguno."

"V.- Que cabe dejar aclarado, que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositivo final.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.