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Cámara de Apelaciones

CORONEL, LILIANA BEATRIZ Y OTROS c/ EN-M EDUCACIONE CY T Y OTRO s/EMPLEO PUBLICO

Reclamaron la regulación de honorarios periciales a favor del perito contador Abel Baldomero Fernández. La Cámara confirmó la regulación de fecha 06/03/2026 por entender que los emolumentos fueron practicados conforme a derecho en aplicación del artículo 3 y concordantes del Decreto Ley Nº 16.638/57.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 041934/2013/CA003
Honorarios periciales Perito contador Regulacion de honorarios Decreto ley 16.638/57 Camara contencioso administrativo federal Apelacion Empleo publico Confirmacion Emolumentos Fecha 06/03/2026

¿Quién es el actor?

CORONEL, LILIANA BEATRIZ y otros.

¿A quién se demanda?

EN-M EDUCACIONE CY T y otro (expte. s/ Empleo Público).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación/controversia relativa a la regulación de honorarios practicada a favor del perito contador Abel Baldomero Fernández (regulación del 06/03/2026).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios del 06/03/2026 apelada respecto de los emolumentos regulados a favor del perito contador Abel Baldomero Fernández, por haber sido practicados conforme a derecho. Regístrese, notifíquese y devuélvase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada y el monto del juicio, corresponde CONFIRMAR la regulación de los honorarios del 06/03/2026 apelada respecto de los emolumentos regulados a favor del perito contador Abel Baldomero Fernández, por haber sido practicados conforme a derecho (artículo 3 y cctes. del Decreto Ley Nº 16.638/57)."

"Todo lo cual, ASI SE RESUELVE.-"

Asimismo, se dejó constancia procesal: "Se deja constancia de que la Vocalía Nro. 15 de esta Sala se encuentra vacante (art. 109 del RJN)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el dispositivo final.

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