GADEA CASAS, RODOLFO c/ EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 7333393/85 s/RECURSO DIRECTO DNM
El actor impugna la disposición de la Dirección Nacional de Migraciones que declaró irregular su permanencia y ordenó su expulsión. La Cámara Federal de la Sala V hizo lugar al recurso directo, revocó la resolución apelada y declaró habilitada la instancia judicial por falta de efectiva posibilidad de asistencia letrada, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Gadea Casas.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Dirección Nacional de Migraciones (EN-M INTERIOR-DNM).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
revisión judicial de la Disposición SDX Nº 190373/2021 que canceló la residencia permanente del actor, declaró irregular su permanencia y ordenó su expulsión del territorio nacional con prohibición de reingreso; se cuestionó la admisión de la excepción de falta de habilitación de instancia por parte del juez de primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso interpuesto por Rodolfo Gadea Casas, revocó la resolución apelada y declaró habilitada la instancia judicial; impuso costas en ambas instancias a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV.1.- A tal fin, cabe señalar que la Ley Nº 25.871, en su redacción vigente al momento del dictado de la Disposición SDX Nº 190373/2021 que ordenó la expulsión del actor, disponía que '[l]os extranjeros que se encuentren en territorio nacional y que carezcan de medios económicos, tendrán derecho a asistencia jurídica gratuita en aquellos procedimientos administrativos y judiciales que puedan llevar a la denegación de su entrada, al retorno a su país de origen o a la expulsión del territorio argentino. Además tendrán derecho a la asistencia de intérprete/s si no comprenden o hablan el idioma oficial. Las reglamentaciones a la presente, que en su caso se dicten, deberán resguardar el ejercicio del Derecho Constitucional de defensa' (art. 86)."
"Sin embargo, no surge de las constancias arrimadas a la causa que el recurrente haya recibido efectivamente asistencia letrada ni que haya tenido la posibilidad de ejercer su derecho a ser asistido gratuitamente por el Ministerio Público de la Defensa. Ello, además, debe ser ponderado en el contexto sanitario derivado de la pandemia de COVID-19 y de las medidas de aislamiento dispuestas por el Decreto Nº 297/2020. En efecto, la DNM se limitó a transcribir en la cédula el artículo 86 de la Ley Nº 25.871 y a indicar los datos de contacto de la mencionada Comisión."
"Por las consideraciones expuestas, oído el Sr. Fiscal General, el Tribunal RESUELVE: Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Sr. Rodolfo Gadea Casas, revocar la resolución apelada y tener por habilitada la instancia judicial, con costas en ambas instancias a la demandada vencida (conf. art. 68, primer párrafo, del CPCCN)."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en el acuerdo; la Parte Resolutiva expresa la decisión del Tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 25.871Migraciones
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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