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Cámara de Apelaciones

BEPARY, BELAYET HOSSAIN c/ EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 58036/22 s/AMPARO POR MORA

Amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones por resolución administrativa pendiente. La Cámara declaró inoficioso el tratamiento del recurso respecto del fondo por haberse resuelto la pretensión en sede administrativa, rechazó el recurso en cuanto a las costas de la instancia anterior y confirmó la regulación de honorarios del Dr. Mauro Young.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 040292/2025/CA001
Amparo por mora Migraciones Inoficioso Costas Honorarios Uma Confirmacion Direccion nacional de migraciones Recurso de apelacion Resolucion administrativa

¿Quién es el actor?

Bepary, Belayet Hossain.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora para que la DNM se expidiera respecto de la solicitud administrativa del actor; se impugnó además la imposición de costas y la regulación de honorarios realizada en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inoficioso el tratamiento del recurso interpuesto por la demandada en lo relativo al fondo, rechazó el recurso en cuanto a las costas de la anterior instancia y dispuso sin costas en esta instancia; además confirmó la regulación de honorarios del Dr. Mauro Young en 6 UMA (equivalentes, a la fecha, a $635.946).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"IV.- Que, en primer lugar, cabe señalar que las decisiones del Tribunal deben atender a las circunstancias existentes al momento del fallo, aunque ellas sean sobrevinientes al recurso, en la medida en que no corresponde pronunciamiento alguno cuando los nuevos acontecimientos han tornado inútil la resolución pendiente (Fallos: 301:947; 306:1160; 308:1489; 312:555; 315:123; 318:342; 333:244, entre muchos otros). En ese orden de ideas, la cuestión articulada en la presente acción de amparo por mora devino en abstracta, ya que se produjo la extinción del objeto procesal; es decir, se ha resuelto la solicitud de la actora en sede administrativa mediante el dictado de la Resolución RESOL 2026 -128-APN-SECI #MI de fecha 8 de mayo de 2026 y por lo tanto resulta inoficioso el tratamiento del agravio formulado al respecto en el recurso de fojas 293/300."

"V.- Que respecto del modo en que fueron impuestas las costas en la sentencia apelada, teniendo en cuenta la forma en que se decide, y que en autos no se configura el supuesto excepcional previsto en el artículo 14 de la ley 16.986 para eximir de costas al vencido, corresponde confirmar el pronunciamiento recurrido. Sin costas de esta instancia, en atención a la inactividad procesal de la contraria. (art. 68 del CPCCN)."

"VI.- Que, resta expedirse respecto a la regulación de honorarios del letrado de la parte actora. En función de la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia por el Dr. Mauro Young, corresponde confirmar la regulación de honorarios practicada con fecha 20/3/2026 en la cantidad de 6 UMA –que, a la fecha, equivalen 635.946 pesos (conf. arts. 16, 29 y 48 de la Ley Nº 27.423 y Resolución SGA Nº 2372/2026)- por haber sido apelados únicamente por altos."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; la parte resolutiva expresa el acuerdo de la Sala.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 16.986Amparo
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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