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Cámara de Apelaciones

BAT OPERACIONES SAU (TF 58818110-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

BAT OPERACIONES SAU promovió recurso directo contra la Dirección General Impositiva por amparo por mora y regulación de honorarios. La Cámara redujo los honorarios del letrado apoderado de la actora a 7 U.M.A. (equivalentes a $741.937) por valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 040206/2026/CA001
Recurso directo Amparo por mora Honorarios U.m.a. Ley 27.423 Direccion general impositiva Regulacion Impuesto al valor agregado Tribunal fiscal Camara contencioso administrativo federal

¿Quién es el actor?

BAT OPERACIONES SAU (TF 58818110-I).

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo (amparo por mora) y regulación de honorarios del letrado apoderado.

¿Qué se resolvió?

Se redujeron los honorarios del doctor Juan Rafael Astibia, letrado apoderado de la parte actora, a la cantidad de 7 U.M.A. —equivalentes a $741.937— y se dispuso que la regulación se cancele conforme al artículo 51 de la ley 27.423; no incluye IVA, que deberá adicionarse según corresponda. Regístrese, notifíquese y devuélvase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —amparo por mora—; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite ante el Tribunal Fiscal, corresponde REDUCIR a la cantidad de 7 U.M.A.—equivalentes a la suma de ($741.937)— los honorarios del doctor Juan Rafael Astibia, quien actuó como letrado apoderado de la parte actora (arts. 16, 19, 29, 44 in fine, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; resolución SGA nº 2372/2026)."

"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo."

"Regístrese, notifíquese y devuélvase."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada por los Dres. Rogelio W. Vincenti, Jorge Eduardo Morán y Marcelo Daniel Duffy sin manifestación de disidencia; la parte resolutiva expresa la decisión de la Cámara en plena conformidad.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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