MEDINA CASIMIRO (HEREDEROS) Y OTRO c/ EN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Demanda por daños y perjuicios derivada del fallecimiento de Mariano Nicolás Medina contra el EN, GCBA y terceros. La Cámara declaró desiertos los recursos de la mayoría de los apelantes y, por mayoría, hizo lugar al recurso de Nueva Zarelux SA revocando su condena y con costas en ambas instancias a cargo del Estado Nacional.
¿Quién es el actor?
Sres. Casimiro Medina (herederos) y Andresa Avelina Olmedo de Medina.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (EN), Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), y varias personas y empresas, entre ellas Nueva Zarelux SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de daños y perjuicios por el fallecimiento de su hijo Mariano Nicolás Medina; la sentencia de primera instancia condenó solidariamente a los demandados a abonar $853.000.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desiertos los recursos interpuestos contra la sentencia definitiva por los co-actores, el EN y el GCBA y el recurso interpuesto contra el pronunciamiento de fs. 314/vta; y, además, hizo lugar al recurso de Nueva Zarelux SA y revocó la condena respecto de esa sociedad, con costas en ambas instancias a cargo del Estado Nacional que la citó.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta que el EN no expresó sus agravios, corresponde declarar desierto, en los términos del art. 266 del CPCCN, el recurso interpuesto contra la sentencia definitiva del 15/5/25..."
"Que, toda vez que los co-actores fueron notificados de la providencia del 11/6/26 y no fundaron su apelación diferida dentro del término de ley, corresponde declarar desierto el recurso interpuesto a fs. 316, contra la imposición de costas dispuesta en la resolución de fs. 314/vta."
"En consecuencia, corresponde excluir a la firma recurrente del reconocimiento de responsabilidad que se le endilga, con costas en ambas instancias al EN, que la citó como tercero."
¿Cómo votaron los jueces?
"VOTO por: (i) declarar desiertos los recursos deducidos contra la sentencia definitiva por los co-actores, el EN y el GCBA, y el recurso interpuesto contra el pronunciamiento de fs. 314/vta; y (ii) hacer lugar al recurso de Nueva Zarelux SA y revocar la condena a su respecto de conformidad con lo dispuesto en el presente, con costas en ambas instancias a cargo del EN que la citó (arts. 68, primera parte, y 279, del CPCCN)."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; los tres jueces adhieren al voto que integra la resolución.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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