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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - ACTOR: M ECONOMIA-SECRETARIA DE ENERGIA DEMANDADO: AGROSERV BH SRL-EXPTE 77093052/19 s/INC HONORARIOS

Incidente por regulación de honorarios en causa contra AGROSERV BH SRL; la Cámara confirmó la regulación de los honorarios por la única etapa cumplida y ordenó su cancelación conforme al artículo 51 de la ley 27.423, aclarando que el monto no incluye el IVA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 011614/2024/1
Honorarios Regulacion Ley 27.423 Articulo 51 Iva Secretaria de energia Incidente Camara contencioso administrativo federal Sala iv Agroserv bh srl

¿Quién es el actor?

M Economía - Secretaría de Energía.

¿A quién se demanda?

AGROSERV BH SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de regulación de honorarios (expte 77093052/19 s/INC HONORARIOS).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, confirmó los honorarios regulados a favor de los profesionales que ejercieron la dirección letrada y representación legal de la parte actora por la única etapa cumplida en primera instancia, y ordenó que la regulación se cancele conforme al artículo 51 de la ley 27.423; señaló que el monto no incluye el IVA, que deberá adicionarse según la situación tributaria del profesional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate, y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante la única etapa efectivamente cumplida ante la primera instancia, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados a favor de los profesionales que ejercieron la dirección letrada y representación legal de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 41, 58 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 2372/26)."

"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

no constan votos en disidencia en la parte resolutiva.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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